- La reestructura incluye la escisión de Intercam Banco y la creación de una nueva controladora
- Banco Autofin México se incorpora al nuevo grupo financiero
- El cambio cuenta con aval de Hacienda, Banxico y la CNBV
Autorización oficial de la reestructura
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público autorizó la reestructura corporativa de Intercam Grupo Financiero, la cual contempla la escisión, separación e incorporación de distintas entidades financieras dentro del grupo.
La resolución fue publicada en el Diario Oficial de la Federación y fue emitida por la Unidad de Banca, Valores y Ahorro de la dependencia federal.
Separación de Intercam Banco y nueva controladora
Como parte del proceso, Hacienda aprobó la escisión de Intercam Grupo Financiero para constituir una nueva sociedad controladora, la cual será accionista mayoritaria y ejercerá el control de Intercam Banco.
Asimismo, se autorizó la separación formal de Intercam Banco como entidad integrante del grupo financiero original, redefiniendo su estructura corporativa.
Incorporación de Banco Autofin
La reestructura también incluye la incorporación de Banco Autofin México al nuevo grupo financiero. Este movimiento ocurre después de que, en meses anteriores, Hacienda informara sobre la venta de parte de los negocios de Intercam a otras instituciones financieras.
Con estos cambios, el grupo adoptará la nueva denominación de Kapital Grupo Financiero, S.A. de C.V., junto con una modificación integral de sus Estatutos Sociales y del Convenio Único de Responsabilidades.
Aval de autoridades financieras
Hacienda destacó que tanto el Banco de México como la Comisión Nacional Bancaria y de Valores emitieron opiniones favorables respecto a la reorganización. Además, la Coordinación de Análisis Financiero y Vinculación Internacional no identificó riesgos desde el punto de vista financiero.
Vigencia y alcances de la autorización
La autorización surtirá efectos una vez que las escrituras públicas correspondientes sean inscritas en el Registro Público de Comercio. Intercam deberá presentar dichas inscripciones y notificar las publicaciones en el DOF dentro de los plazos legales establecidos, que van de cinco a diez días hábiles, según el trámite.
La SHCP precisó que su aval se limita a los actos de su competencia y no prejuzga sobre posibles efectos fiscales ni sustituye otras autorizaciones que pudieran ser necesarias.


